*Para recibir dignamente la Sagrada Comunión


El primer requisito: Estar plenamente incorporado a la Iglesia Católica, es decir, ser católico. Por tanto, los protestantes, anglicanos, ortodoxos…, que sí están bautizados, no pueden recibir ordinariamente la sagrada Comunión en la Iglesia Católica. El segundo, estar en gracia de Dios, es decir, no tener en el alma ningún pecado mortal (o grave). El que recibe la comunión en estado de pecado, sin la debida gracia, comete un pecado muy grave, llamado sacrilegio. Y así como nada aprovecha a un cadáver el mejor de los alimentos, así tampoco aprovecha la Comunión al alma que está muerta a la vida de la gracia por el pecado mortal. San Pablo escribió palabras muy fuertes, que es bueno decirlas con frecuencia para que nadie se acerque a comulgar con el alma manchada con pecados graves. Son éstas: Quien come el pan y bebe el cáliz del Señor indignamente, será reo del cuerpo y de la sangre del Señor. (…) El que come y bebe sin discernir el Cuerpo, come y bebe su propia condenación (1 Co 11, 27.29). Por eso, si se tiene algún pecado mortal es necesario acudir al sacramento de la Penitencia (confesarse) antes de comulgar.
 
Perdona… Si una persona que ha pecado gravemente y quiere comulgar, ¿le bastaría hacer un acto de contrición para acercarse a recibir la comunión?

La respuesta es negativa. La Iglesia dice: Quien tenga conciencia de hallarse en pecado grave, no celebre la Misa ni comulgue el Cuerpo del Señor sin acudir antes a la confesión sacramental, a no ser que concurra un motivo grave y no haya posibilidad de confesarse; y, en este caso, tenga presente que está obligado a hacer un acto de contrición perfecta, que incluye el propósito de confesarse cuanto antes (Código de Derecho Canónico, c. 916).
Aunque la contrición perfecta borra los pecados, la Iglesia ha puesto esta medida porque nadie tiene la seguridad de que su acto de contrición sea perfecto. Y si comulga sin confesarse se expondría a recibir indignamente al Señor, pues cabe la posibilidad de que no tuviera contrición perfecta. Es principalmente una medida de respeto hacia Cristo Sacramentado, pues se evita que alguien reciba sin debidas condiciones la comunión.

No es un motivo grave cuando la persona que quiere comulgar lo hace por devoción. Sí concurre un motivo grave cuando un sacerdote debe celebrar una Misa, por ejemplo, el día de la Patrona del pueblo, y llegado ese día no está en gracia y no tiene posibilidad de confesarse. O también, la persona que va a comulgar y estando en la fila de fieles que se acercan a recibir el Cuerpo de Cristo se da cuenta de que está en pecado, y salir de la fila supondría un gran asombro en los demás asistentes de la Misa, lo que iría en detrimento de su buena fama. En este caso, que haga un acto de contrición perfecta y después que se confiese cuanto antes.

Y si el alma está manchada sólo con pecados veniales, ¿se puede comulgar?

Los pecados veniales (o leves) no impiden la Comunión, pero es lógico procurar recibir a Cristo con el alma muy limpia.


¿Hay que estar en ayunas para comulgar?

No. La observancia del ayuno prescrito por la Iglesia para recibir a Cristo en la Sagrada Hostia, lo que se llama guardar el ayuno eucarístico, consiste en no tomar alimentos ni bebidas desde una hora antes de comulgar. El agua y las medicinas no rompen este ayuno. Y además, están dispensados del ayuno eucarístico los enfermos y las personas de avanzada edad.

Y continúo con otros requisitos. Rectitud de intención, es decir, que al comulgar se busque la unión con Dios y no otras razones. Por ejemplo, no tendría rectitud de intención el político que antes de unas elecciones se acercara a comulgar en la iglesia de un barrio muy católico para conseguir votos. Y por último, saber a quién se recibe. Los niños que no han llegado a la edad de la discreción y los adultos que carecen de razón, no pueden comulgar porque no saben distinguir el pan eucarístico del alimento común.