ESCÁNDALO: Roma, diócesis del papa, autoriza la Comunión a los adúlteros

Un largo artículo para leer en varias etapas http://adelantelafe.com/author/miguelangelyanez2/


Ha pasado bastante desapercibido un lance gravísimo, a pesar de que hace ya tiempo fue señalado por Sandro Magister y, muy recientemente, por el profesor Roberto de Mattei. No es sino el hecho de que en la diócesis de Roma, es decir la que depende directamente del papa Francisco, se está fomentando de forma oficial y por escritola comunión a los divorciados vueltos a casar, que siguen cohabitando y manteniendo relaciones. Dejando de lado todo este lenguaje eufemístico modernista, en resumen se permite que dos adúlteros pecadores públicos, que no están arrepentidos y quieren seguir pecando, puedan recibir la absolución y la sagrada comunión en dicho estado sin propósito de enmienda alguna.
Como es habitual en la prédica modernista, todo viene disperso con una pincelada por aquí, una nota por allá, adornado bajo un envoltorio “pastoral” que trata de dulcificar la idea: “acompañamiento espiritual”, “caso a caso”, “en camino a”…. No olvidemos nunca que esta forma de exponer es deliberada, puesto que el modernismo odia la exposición sistemática y ordenada de sus ideas, como nos advertía San Pío X en Pascendi:
“su táctica es la más insidiosa y pérfida… consiste en no exponer jamás sus doctrinas de un modo metódico y en su conjunto, sino dándolas en cierto modo por fragmentos y esparcidas acá y allá, lo cual contribuye a que se les juzgue fluctuantes e indecisos en sus ideas, cuando en realidad éstas son perfectamente fijas y consistentes;”
Este hecho, en la propia diócesis controlada personalmente por el papa, apoyado por los vicarios a sus órdenes, representa ya fuera de cualquier duda una prueba del algodón palmaria de la verdadera intención en todo este affaire. No puede haber nadie con un mínimo de honestidad intelectual que continúe afirmando que Amoris laetitia, y la intención del firmante de la misma, no autoriza la comunión a los adúlteros “vueltos a casar”, porque su propio autor la ha ejecutado en ese sentido en su propia diócesis. Y por si aún existiera alguien con voluntad de mantener semejante disparate, les ofrecemos a continuación un pormenorizado análisis  realizado por el padre Marianus, colaborador de esta web, del documento de la diócesis de Roma que estimula y fomenta a los párrocos y sacerdotes diocesanos a administrar la confesión y comunión sacrílega.
En estas circunstancias, es una obligación absoluta e imperativa de todos hacer lo que esté en nuestras manos por defender la Fe denunciando la situación. Igual que en una guerra un padre de familia no puede evadir su obligación de defender la patria bajo el pretexto cobarde de “yo sólo quiero ser un simple padre de familia”, mientras a su alrededor caen los muertos y se derrama la sangre de su pueblo, en la hora actual nadie puede refugiarse bajo excusas interesadas, comodidades, carrerismos y miedo a las consecuencias. Sí, me refiero especialmente a los “conservadores” que permanecen callados con un silencio sepulcral, como si nada pasara, porque lo que nos jugamos, todos -usted también que cree puede escurrir el bulto bajo el manto de la papolatría-, es nuestra propia salvación eterna.
Roguemos a Dios porque las voces que aún callan alcen su voz, y que aquellas que recién han despertado no tiemblen y mantengan la batalla por la Fe hasta las últimas consecuencias. Dios pedirá cuenta a cada uno de nosotros por nuestros obras… y omisiones.
Miguel Ángel Yáñez
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Lobos con olor a oveja

El pasado 19 de septiembre, el cardenal Vicario de la Diócesis de Roma, Mons. Agostino Vallini clausuró el Encuentro Pastoral Diocesano con una relación titulada «La alegría del amor»: el camino de las familias en Roma [puede leerse el original italiano aquí]. Después de tratar de diversos temas de pastoral familiar, dedicó gran parte de su intervención al tema de las parejas que viven en situación irregular, especialmente de los divorciados vueltos a casar. Se trata de una aplicación pastoral del contenido del capítulo VIII de la Exhortación Apostólica Post-sinodal Amoris laetitia del papa Francisco.
Las “orientaciones pastorales” del card. Vallini, Vicario del Papa en Roma y, por lo tanto, directo representante suyo para la Urbe, no dejan lugar a dudas acerca de la “mens” del Papa. La relación del purpurado es una síntesis de los errores doctrinales, sacramentales y disciplinarios de Amoris Laetitia en la “pseudo-pastoral” de las parejas que viven en adulterio público.
En este comentario intentamos desenmascarar al “lobo” que, vestido de compasión hacia dichas parejas, intenta distraer la atención de los pastores para poder devorar a los matrimonios válidos que, aun estando en la debilidad de una separación, mantienen la fidelidad, el amor -ciertamente herido- y la esperanza en la reconciliación. La artimaña del diablo no puede ser más sutil y en este comentario intentaremos desenmascarar a los enemigos de los matrimonios válidos, que son, como siempre, el Demonio, la Carne y el Mundo, es decir, la falsa doctrina, la profanación del sacramento y la malicia de los lobos que, con “olor a oveja” muerta, pretenden acabar con la Iglesia atacando al Matrimonio para que su “laetitia” sea completa.
Comentamos seguidamente los párrafos más significativos del capítulo dedicado al acceso a los sacramentos de los divorciados vueltos a casar (los resaltados son nuestros).
«Después de Amoris laetitia, mientras se nos pide ser fieles a la doctrina de la Iglesia, que permanece la de siempre, se nos pide también no detenernos en la observancia de la norma moral sino de cuidar a las personas marcadas -dice el Papa- ‘por el amor herido y perdido’ y que ‘se encuentran en medio de la tempestad’ (AL, 291). Sobre este tema, me urge hacer una puntualización: entre estas personas se encuentran también los ‘separados testigos de la fidelidad matrimonial’, esto es, aquellos cristianos que no han querido volver a casarse para permanecer fieles al cónyuge y a los hijos a pesar de todo. No debemos olvidarlos. Ellos también tienen necesidad de encontrar en la Iglesia cercanía, comprensión y asistencia espiritual.»
Comentario: En este párrafo que sirve de prólogo a las “orientaciones pastorales” del card. Vicario de Roma están patentes los dos errores fundamentales de la doctrina pastoral del texto que comentamos.
En primer lugar la confusión entre la pastoral de la persona y la pastoral de un matrimonio. Las personas en particular que viven una situación de adulterio deben ser acompañadas a la plena reconciliación con Dios. No es el caso de la pareja de adúlteros, que, por su situación objetiva de pecado, no puede ser reconciliada con Dios en cuanto pareja.
Este punto es muy importante porque en la doctrina de Amoris Laetitia, que la relación del card. Vallini glosa y aplica pastoralmente, se confunden ambos aspectos, el personal y el de pareja, deslizándose la posibilidad de un camino penitencial para la segunda, que la llevaría a la integración en la Comunidad cristiana, cuando sólo es posible para cada adúltero público en particular si abandona su situación objetiva de pecado.
En segundo lugar, existe otra confusión acerca de los que viven en el adulterio y los que viven separados “el testimonio de la fidelidad matrimonial”. Afirmar que estos últimos son “también” parte del grupo de aquellos que hay que integrar demuestra la mentalidad que subyace en la doctrina del Papa. La manera de expresarlo es muy sutil, pues se asegura la asistencia a los separados que permanecen fieles al vínculo, pero se dice casi de pasada, como una “puntualización”, y se les asimila a aquellos -las parejas adúlteras públicas- a los que se quiere “integrar”. Esto supone equiparar una situación virtuosa a una viciosa, lo cual es una auténtica perversión.
Seguidamente, mons. Vallini pasa a presentar sus “orientaciones pastorales” tratando el tema de los divorciados vueltos a casar civilmente. Propone en primer lugar, como no puede ser de otra manera, la vía judicial de la declaración de nulidad sacramental con la “via brevior” de la reforma del proceso realizada por el papa Francisco.
Seguidamente aborda la pastoral de aquellos cuyo matrimonio fue válido y no pueden acogerse a la vía judicial:

«Cuando la vía procesal no es practicable, debido a que el matrimonio fue celebrado válidamente y ha naufragado por otras razones y, por tanto, la nulidad matrimonial no puede ser demostrada ni declarada, es necesario desarrollar una acción pastoral, que prevea un largo ‘acompañamiento’, en la línea del principio moral del ‘primado de la persona sobre la ley’.»
Comentario: Observamos nuevamente la confusión entre lo que es la moral de la persona con lo que es la moral del matrimonio. ¿Qué “acompañamiento” puede prestar un pastor que no ve que una convivencia adulterina es una situación objetiva de pecado, a un par de personas que no lo ven tampoco? Como dice el Señor en el Evangelio, «Un ciego no puede guiar a otro ciego porque los dos caerían en el mismo hoyo» (Lucas, 6, 39).
El pastor que no tiene el verdadero “discernimiento”, que no distingue a la oveja del cabrito, al que quiere seguir la voluntad de Dios con sus exigencias de quien exige a Dios que quiera lo que él quiere, no puede ayudar a la persona que vive en adulterio público a salir de su situación, sino que se deja arrastrar al mismo hoyo por ella causa de una falsa compasión. El pastor verdadero extiende su mano para que la oveja en peligro no caiga, no la deja caer ni cae con ella en el precipicio del pecado.

«La Iglesia ‘no quiere condenar eternamente a nadie’ (AL, 296); por tanto, el camino a seguir es el de la ‘gradualidad’, es decir, hacer madurar en el tiempo la conciencia de un bien mayor que debe conseguirse a través de etapas de crecimiento, con el fin de ‘integrar a todos’, ayudando a cada uno a ‘encontrar su propio modo de participar en la comunidad eclesial’» (AL, 297).»
Comentario: A parte del poder que tiene la Iglesia de retener los pecados de los impenitentes, tan sutilmente negado por la afirmación de AL, 296, en este párrafo advertimos otra confusión, en este caso referente al concepto del bien. Una convivencia adulterina no puede ser concebida como un bien desde el que se puede caminar a un bien mayor. El “cambio de lenguaje”, tan típico del neo-modernismo, se manifiesta claramente en las palabras de AL y de esta aplicación pastoral de su Vicario.
El adulterio público es un mal del que ha de salir la persona que ha entrado en él para iniciar un camino penitencial que lleve efectivamente a la reintegración en la comunidad eclesial, la cual no consiste, como sugiere más adelante el texto, en participar, por ejemplo, en la procesión de las ofrendas de la Misa.
El bien mayor es la salvación del alma y esta sólo es posible si se abandona el pecado, especialmente en la mentalidad. La mentalidad católica no es la del mundo “globalizado” que engulle a todos en la tolerancia del mal, sino la de quien mantiene el testimonio del bien para que personalmente quien quiera salir del mundo del mal pueda salvarse.

«En el caso de los divorciados vueltos a casar, es necesario distinguir: una cosa es ‘una unión consolidada en el tiempo, con nuevos hijos, con fidelidad probada, entrega generosa… y gran dificultad para volver atrás sin sentir en conciencia que se caería en nuevas culpas. La Iglesia reconoce situaciones en las que el varón y la mujer, por serios motivos -como, por ejemplo, la educación de los hijos- no pueden satisfacer la obligación de la separación. Existe también el caso de quienes han hecho grandes esfuerzos para salvar el primer matrimonio y han sufrido un abandono injusto, o el de quienes han contraído una segunda unión en vista a la educación de los hijos, y tal vez están objetivamente seguros en conciencia de que el matrimonio precedente, irreparablemente destruido, nunca había sido válido. Otra cosa es una nueva unión que viene de un reciente divorcio, con todas las consecuencias de sufrimiento y de confusión que afectan a los hijos y a las enteras familias’. En estos casos el Sínodo ha pedido un camino largo de reconciliación consigo mismos, de discernimiento por parte de los pastores, porque ‘no existen recetas simples’ (AL, 298).»
Comentario: En este momento es necesario explicar que la integración en la Iglesia ha de ser sacramental y esto no es posible para quien vive habitualmente en estado de pecado objetivo y no quiere dejar de vivir en dicho estado. La vida moral y la sacramental no pueden desligarse por un motivo muy simple, por que son la misma e idéntica vida.
La Ley moral es una ley de santidad, es decir, una ley sagrada, un camino de santificación. La moral es el camino de santidad y en este camino los sacramentos son como sus etapas. Esto es algo muy importante para no confundirse. Por ejemplo, negar que la Eucaristía o la Penitencia no son premio de un esfuerzo es no comprender lo que estos sacramentos son. ¿Qué hambre y qué sed podrán saciar aquellos que no quieren vaciarse de sí mismos renunciando esforzadamente a todo para llenarse del Cuerpo y la Sangre de Cristo? ¿Qué paz -la de la Penitencia- podrá alcanzar el que no reconoce su pecado y combate contra él? Acceder a los sacramentos de la Eucaristía y la Penitencia es sólo posible como premio a un esfuerzo por hacer la voluntad de Dios.
En el caso del Matrimonio, su misma esencia consiste en manifestar que la vida sacramental une a Dios, simbolizado en el varón, y al alma, simbolizada en la mujer. Toda la ley moral separa -que es lo que significa la palabra santificar- los actos virtuosos de los viciosos, que son fáciles de discernir. Todo acto en el que se manifiesta la unión de Dios con el alma es virtuoso, todo acto que manifiesta la desunión del alma con Dios es vicioso.
En el caso de los casados válidamente, divorciados y vueltos a casar civilmente, todo acto -no sólo el sexual- que no manifieste la unión de Dios con el alma, simbolizada por él con su cónyuge en el sacramento válido que les une como matrimonio, no puede ser virtuoso. La historia de un matrimonio, como la de Dios con su pueblo, como la de toda alma, tiene momentos de salud y de enfermedad, de fortaleza y de debilidad, el momento de mayor debilidad es el de una separación, pues ambos cónyuges se ven efectivamente en la tentación de querer “rehacer su vida” como se suele decir.
En ese momento de sufrimiento y debilidad la fidelidad al vínculo, el amor hacia él, aunque se sufra, y la esperanza de la reconciliación, aunque fuera en el último instante de la vida, tienen un mérito grandísimo y este mérito es la señal de que se trata de un acto virtuoso pues, a pesar de las heridas que pueda haber, manifiesta claramente la unión de Dios con el alma que el matrimonio simboliza.
Es necesario desenmascarar otro engaño en la doctrina reciente acerca del tema que nos ocupa. La justificación de la convivencia adulterina “por el bien de los hijos” confunde dos filiaciones que son  total y absolutamente diferentes: la legítima y la ilegítima. En un mundo como el actual, afirmar esta distinción es rechazado porque parece contrario a los derechos de la persona. Sin embargo, esto no es así, porque no se trata de derechos personales sino familiares.
La primera obligación de los padres es la educación de sus hijos. La existencia de hijos adulterinos es consecuencia de un pecado fuera del ambiente familiar, por el cual el padre o la madre de dichos hijos tendrá que cargar con una responsabilidad personal, no familiar. La familia, la educación de los hijos legítimos, no puede verse dañada más todavía con el adulterio público de su progenitor “por el bien de los hijos” adulterinos. No es razonable. Ya la historia de Isaac e Ismael nos hace ver cómo un hijo concebido fuera del matrimonio no hace más que causar desequilibrios en la familia. ¿Debería acaso Abrahán haber repudiado a Sara, que no le había dado hijos, y unirse a Agar, por el bien de Ismael? Vemos de nuevo la confusión que subyace entre matrimonio válido y familia legítima y convivencia e hijos adulterinos.

«Análogamente deben ser considerados los casos de matrimonios civiles o de convivencias prolongadas durante años y con hijos. También para estos existe la necesidad de un paciente acompañamiento hasta conducirles a la libre decisión de celebrar el sacramento.»
Comentario: La situación de una convivencia adulterina no es análoga en absoluto a la de los solteros casados por lo civil o los que simplemente conviven, ya que estas dos, si no hay vínculo matrimonial válido, pueden conducir al sacramento y la pastoral de la Iglesia debe intentar conducirles a él si, mientras que si, por el contrario, dicho vínculo válido existe, el sacramento no es posible hasta la muerte del cónyuge, por lo cual no sólo no deben ser conducidos al sacramento del matrimonio, que es imposible mientras vivas los cónyuges válidamente casados, sino que deben ser invitados a abandonar su situación objetiva de pecado por fidelidad, amor y esperanza al vínculo existente con la pareja de la que se está separado. La palabra confusión, que define mucho más este pontificado que la palabra misericordia, es el atributo más notable de la Exhortación del Papa y de la relación del card. Vallini.

«El paso sucesivo es un ‘responsable discernimiento personal y pastoral’ (AL, 300). Para poner un ejemplo: acompañar con entrevistas periódicas, comprobar si madura la conciencia de ‘reflexión y de arrepentimiento’, la apertura sincera del corazón al reconocer las propias responsabilidades personales, el deseo de búsqueda de la voluntad de Dios y de madurar en ella.»
Comentario: En sí mismo este párrafo es perfectamente válido porque se refiere a la persona y no “explícitamente” a la pareja adulterina, pero desliza siempre la idea de que persona adúltera y pareja adulterina son ambos susceptibles de un mismo discernimiento y acompañamiento pastoral, lo cual es falso.

«Este discernimiento pastoral de las personas en particular es un aspecto muy delicada y debe tener en cuenta el ‘grado de responsabilidad’, que no es igual en todos los casos, el peso de los ‘condicionamientos o de los factores atenuantes’, por los cuales es posible que, dentro de una situación objetiva de pecado -que no sea subjetivamente culpable o no lo sea de manera plena- se pueda encontrar un recorrido para crecer en la vida cristiana, ‘recibiendo con tal fin la ayuda de la Iglesia’ (AL, 305).»
Comentario: Llegamos ya al aspecto disciplinario, la posibilidad de acceder a los sacramentos de la Penitencia y de la Eucaristía por parte de los adúlteros públicos. Estos no son matrimonio, por tanto no pueden ser integrados en la Comunidad como tal. Es imposible. Su “grado de responsabilidad”, o sea, la gravedad de su culpa, no es compartida sino personal. Ambos son culpables, y puede ser que en distinto grado, pero su convivencia adulterina no puede, como dice AL crecer en la vida cristiana, porque no existe una única vida sino dos, debido a que no forman un matrimonio. Si fueran un matrimonio, su vida matrimonial podría crecer y decrecer según su albedrío aun en una situación de separación aceptando o no el estar unidos válidamente por un vínculo indisoluble. Como no lo son, no pueden ni lo uno ni lo otro. Sólo queda una solución: abandonar personalmente el pecado del que se es mayor o menormente culpable.

«El texto de la Exhortación Apostólica no va más allá, pero en la nota 351 se lee: ‘En ciertos casos, podría ser también la ayuda de los sacramentos’. El papa usa el condicional, por tanto no dice que es necesario admitir a los sacramentos, si bien no lo excluya en algunos casos y con algunas condiciones. El Papa Francisco desarrolla el Magisterio precedente en la línea de la hermenéutica de la continuidad y de la profundización, y no de la discontinuidad y de la ruptura. Afirma que debemos recorrer la ‘via caritatis’ de acoger a los penitentes, escucharles atentamente, mostrarles el rostro materno de la Iglesia, invitarles a seguir el camino de Jesús, hacer madurar la recta intención de abrirse al Evangelio, y esto debemos hacerlo prestando atención a las circunstancias de las personas en particular, a su conciencia, sin comprometer la verdad y la prudencia, que ayudarán  a encontrar el camino acertado. Es importantísimo establecer con todas estas personas y parejas una ‘buena relación pastoral’.»
Comentario: Afirmar directamente que no se excluye admitir a los sacramentos de la Penitencia y la Eucaristía a quien personalmente quiere seguir en un estado objetivo de pecado vuelve a manifestar una mentalidad no católica, porque no se busca la salvación del pecador bajo la apariencia de una “integración” misericordiosa. Ya son muchas las ocasiones en que he repetido en este comentario que una pareja adulterina -porque es de eso de lo que habla el texto- nunca puede ser un objeto de pastoral. Sí el matrimonio sacramental y cada persona en particular. Dado que no son matrimonio, cada una de las dos personas que viven en adulterio debe convertirse por separado y abandonar el pecado objetivo en el que viven si quieren ser reintegrados en la Comunidad. Se salva al pecador y se condena al pecado, que es, en este caso, la pseudo-unión adulterina.

«Es decir, debemos acogerlas con calor, invitarlas a abrirse a participar de alguna manera en la vida eclesial, en los grupos de familias, a realizar algún servicio, por ejemplo caritativo o litúrgico (coro, oración de los fieles, procesión de las ofrendas). Para desarrollar estos procesos es más preciosa que nunca la presencia activa de parejas de agentes pastorales y será muy beneficioso el clima de la comunidad. Estas personas -dice el Papa- ‘no deben sentirse excomulgadas, sino que pueden vivir y madurar como miembros vivos de la Iglesia’ (AL, 299).»
Comentario: Como se ve, el concepto de pseudo-unión adulterina como objeto de pastoral es el que marca el error de AL y de esta su glosa del Vicario del Papa. Lo único que se consigue con la integración del pecado es el escándalo. Las personas que viven en adulterio público no pueden vivir y madurar como miembros vivos de la Iglesia si no abandonan la ancha vía del pecado que conduce a la muerte. La vida se elige, la muerte también.

«No se trata de llegar necesariamente a los sacramentos, sino de orientarlas a vivir formas de integración en la vida eclesial. Pero cuando las circunstancias concretas de una pareja lo hacen factible, es decir, cuando su camino de fe ha sido largo, sincero y progresivo, propóngase vivir en continencia; si más tarde esta decisión es difícil de practicar para la estabilidad de la pareja, Amoris laetitia no excluye la posibilidad de acceder a la Penitencia y a la Eucaristía
Comentario: Llegamos a la “orientación pastoral” del card. Vallini, Vicario del Papa en Roma y, por tanto, portavoz del mismo en su diócesis, la Madre de todas las iglesias del mundo. El texto habla por sí solo. Aparece claramente la declaración de impotencia del pastor, mejor dicho su mala voluntad. Aquí se ve cómo no se debe ser pastor de las ovejas.
El pastor tiene el poder de salvar a las personas en debilidad -no lo que no es salvable porque no existe, que es el caso de una pseudo-unión matrimonial adulterina-, tiene la fuerza espiritual para hacerlo y lo hace no cediendo a la debilidad del débil sino fortaleciéndolo sacrificadamente. El amor del pastor auténtico es un amor sacrificado capaz de arriesgarlo todo -como hoy muy pocos hacen- por salvar a la oveja -la verdadera, la que lo conoce y escucha su voz- que está perdida y en riesgo de ser devorada por el lobo, que es la mentalidad del Mundo. Ceder a la debilidad del que se encuentra en peligro de condenación es una muestra de débil cobardía por parte del que no demuestra ser pastor de las ovejas.
El pastor que colabora con el lobo en la muerte de la oveja acaba siendo un lobo como él, es decir, acaba teniendo la mentalidad del Mundo, porque es un asalariado, y no la católica. De estos hay muchos hoy lamentablemente en la Iglesia, muchísimos. No evitan que las personas caigan en la tentación, no sólo de palabra, sino sobre todo con su oración y su sacrificio. ¿Cómo va a pedir el sacrificio de no volver a vivir con otra persona en adulterio quien no es capaz de sacrificarse por las ovejas? Esa es nuestra situación, la falta de amor sacrificado en los pastores, que, horrorizados por el sufrimiento de las ovejas, escapan de todo riesgo y sufrimiento, dejándolas abandonadas al lobo. Asalariados del mundo que no buscan la vida del pecador sino que le dejan morir para no sufrir ellos.

«Esto significa una cierta apertura, como en el caso en el que existe la certeza moral de que el primer matrimonio era nulo, pero no hay pruebas para demostrarlo en sede judicial; pero no en el caso en el que, por ejemplo, se alardea de la propia condición como si hiciese parte del ideal cristiano, etc.»
Comentario: Este texto vuelve a mostrar el subjetivismo neo-modernista propio de la Iglesia post-conciliar. La negación de toda verdad, moral o justicia objetivos. Se niega el dogma, se profana el sacramento y se juzga contra el derecho natural, la ley de la gracia y el juicio de Aquel que vendrá a premiar con la gloria a los fieles que mantienen el testimonio de la indisolubilidad de su matrimonio válido.
La objetividad del impedimento de un divorciado casado válidamente para celebrar un matrimonio sacramental con su pareja adulterina es determinada por un tribunal eclesiástico que dictamina sobre su matrimonio válido. Aceptar su decisión es precisamente un signo de “integración”. Lo que dictamina el tribunal afecta a la persona, vinculada o no a un matrimonio, y no a su convivencia adulterina. Es decir, busca su salvación personal. El veredicto no viene a condenarlo sino a salvarlo. Por el contrario, la unión adulterina fuera de la justicia de la Iglesia no lleva a la salvación eterna.
Aceptar el dictamen de la Iglesia sobre el propio Matrimonio es signo de madurez en la vida cristiana, que siempre lleva consigo la cruz y hacer no su voluntad sino la voluntad de Dios, la cual se manifiesta en la historia concreta de la persona, sujeta a su albedrío y al de los demás, tanto para bien como para mal, y cuánto más al dictamen de un tribunal eclesiástico, que arbitra sobre la existencia o no de un vínculo matrimonial válidoo. El aspecto jurídico es tan importante como el moral o el dogmático. Por ello, es necesario para la salvación de las personas que viven unidas por un vínculo matrimonial indisoluble conocer la Verdad del matrimonio, amar la Belleza del sacramento y esperar en la Bondad del juicio de la Iglesia sobre una institución tan fundamental para la vida eclesial como es la familia.
En definitiva, la verdadera “integración” de aquellos que viven en situación de pecado objetivo es volver a un orden social con leyes divinas, que han de ser practicadas con amor y de las que hay que rendir cuentas a la Iglesia, que tiene el poder de juzgar a los fieles, que deben aceptar sus dictámenes aun contra su parecer. Si se quiere la salvación eterna de la propia alma hay que renunciar a muchas cosas -hasta a uno mismo- y lo primero, ante todo, al pecado. No debemos caer, pues, en el subjetivismo sino todo lo contrario, renunciar a nuestro yo para que Dios sea todo en nosotros, lo cual será completo y perfecto en la gloria y hacia lo cual caminamos con la ayuda de la gracia, conscientes de nuestra naturaleza pecadora.

¿Cómo debemos entender esta apertura? Ciertamente no en el sentido de un acceso indiscriminado a los sacramentos, como a veces sucede, sino en el de un discernimiento que distinga adecuadamente caso por caso. ¿Quién puede decidir? A partir del tenor del texto y de la mens de su Autor no me parece que haya otra solución que la del fuero interno. En efecto, el fuero interno es el camino favorable para abrir el corazón a las confidencias más íntimas y, si se ha establecido en el tiempo una relación de confianza con un confesor o con un guía espiritual, es posible iniciar y desarrollar con él un itinerario de conversión largo, paciente, hecho de pequeños pasos y de evaluaciones progresivas. Por tanto, no puede ser sino el confesor, en un cierto momento, en su propia conciencia, después de mucha reflexión y oración, quien debe asumir la responsabilidad ante Dios y al penitente y quien pida que el acceso a los sacramentos se realice de manera reservada. En estos casos no termina el camino de discernimiento (AL, 303): ‘discernimiento dinámico’) con el fin de alcanzar nuevas etapas hacia el ideal cristiano pleno.
Comentario: En este último párrafo que comentamos aparece un resumen de todos los errores de AL y de las “orientaciones pastorales” de su Vicario para la diócesis petrina. Lo acabamos de decir, salvo que haya un dictamen judicial público, toda pseudo-unión matrimonial adulterina es objetivamente desordenada, porque no manifiesta lo que deben manifestar los actos morales sagrados del Matrimonio, es decir, la unión de Dios con el alma. Dicha falsa unión es un impedimento para poder acceder a los sacramentos porque ni se atiene a la Verdad del Matrimonio, ni manifiesta la Belleza moral del Sacramento ni realiza el Bien de las personas implicadas a los ojos de Dios.
El bien del divorciado vuelto a casar por lo civil no está vinculado a otra unión sino a la que, de manera poco acertada, el texto denomina “naufragada”. El separado, ciertamente, en un momento tan difícil, puede ser un náufrago que no tiene a su lado a su cónyuge, pero no por ello pierde la esperanza de volverlo a encontrar. Naufragio no es sinónimo de muerte sino de riesgo de ahogamiento, del cual el pastor tiene el poder de socorrerla y llevarla a tierra firme. El pastor debe ayudar al divorciado que vive en adulterio público a tomar la decisión de terminar con la situación de pecado objetivo y volver al estado de separación perseverando hasta la muerte en lo que sus votos sagrados matrimoniales. La perseverancia en ellos será para Dios un sacrificio agradable, que calmará su ira contra él
No puede, pues, afirmarse con verdadera coherencia, que los adúlteros públicos -como afirma Familiaris Consortio 84, grieta quizá por donde entró el engaño del diablo- puedan vivir “como hermanos”, porque no viven la fidelidad, es decir, porque viven en una falsa fraternidad matrimonial con un falso cónyuge que no es el suyo, porque no aman dicho vínculo auténtico porque aman a otra persona -aunque vivan en continencia, pues no se trata sólo de actos sexuales sino de todos los aspectos de una vida en común-, ni por el bien de unos hijos que son extra-matrimoniales y, por tanto, adulterinos y que son educados en un ambiente profano e inmoral.
Querer salvar una pseudo-familia es pura vanidad, un intentar atrapar el viento y, lo que es peor, una distracción de la verdadera pastoral de los separados -las auténticas ovejas perdidas matrimoniales- que el lobo -que son legión- presenta a los pastores para atraer su atención y poder devorar a las personas casadas válidamente que se niegan a “rehacer su vida” y permanecen fieles, amorosos y esperanzados en sus indisolubles votos matrimoniales.
Podría hacerse -creo que es la mejor manera de explicarlo- un paralelismo con el sacramento de la Unción de los enfermos. Cuando un matrimonio válido se separa, este pasa de ser sano -como en el día del consentimiento- a ser enfermo, es decir, débil y en riesgo de caer en la tentación. Igual que el sacramento de los enfermos dota de fortaleza al débil, el pastor debe fortalecer a los separados a permanecer en su fidelidad al vínculo a pesar de todo.
El pastor “discierne” ante todo que la verdad de su situación es la del grave riesgo de caer en la tentación de “rehacer su vida” intentando una nueva pseudo-unión matrimonial adulterina. El amor sacrificado del pastor debe llevarle a ungir a los separados para que, sintiendo su verdadero “acompañamiento pastoral” puedan caminar por el angosto camino que lleva al redil del perdón y la paz, en el que los esposos separados se reintegren en la comunión.
Ese y no otro debe ser el “acompañamiento” del pastor, no dejar que caigan en la tentación, ser más fuerte que el lobo y tomar a las ovejas sobre sus hombros y llevarlas al redil de la misericordia consigo mismos, entre ellos y con Dios. Pero si abandona a la oveja “discerniendo” equivocadamente, no que la oveja no pueda hacer nada frente al lobo -lo cual es evidente-, sino que él no puede eficazmente impedir que caiga en poder del lobo, ¿quién la salvará?
Recapitulando, estamos ante la mala pastoral de quien ni sabe, ni quiere ni vela por salvar a las ovejas, sino que se dedica a intentar salvar a las que no están dispuestas a dejarse salvar del lobo y a descuidar a las verdaderas, que conocen al pastor pero ni escuchan su voz ni lo ven a su lado. Vivimos tiempos en los que los lobos “huelen a oveja”, a oveja muerta y los pastores asalariados renuncian a salvar a las personas por miedo al lobo -el Mundo y su mentalidad- tolerando el pecado público de adulterio por la dureza de corazón de una generación perversa y adúltera en la que el demonio impuro, expulsado por la Iglesia en la antigüedad, ha vuelto con otros siete espíritus más depravados que él, y ha entrando incluso en la Casa de Dios por una grieta de falsa “comprensión”, “compasión” y “misericordia”, siendo el estado actual de la Humanidad peor que el de entonces (cfr. Mateo, 12, 38-45).
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El texto original de la relación del card. Vallini, Vicario del Papa para la diócesis de Roma, dedicado a las situaciones irregulares dice así:
  1. Una acción pastoral paciente, compasiva y misericordiosa. En la Exhortación Apostólica Amoris laetitia el Papa escribe: «Compete a los Pastores no sólo la promoción del matrimonio cristiano, sino también «el discernimiento pastoral de las situaciones de muchos que no viven ya esta realidad», para «entrar en diálogo personal con dichas personas con el fin de poner de relieve los elementos de su vida que pueden conducir a una mayor apertura al Evangelio en su plenitud». «En orden a un acercamiento pastoral a las personas que han contraído matrimonio civil, que están divorciadas y vueltas a casar, o que simplemente conviven, compete a la Iglesia revelarles la divina pedagogía de la gracia en su vida y ayudarles a alcanzar la plenitud del plano de Dios en ellos, posible siempre con la fuerza del Espíritu Santo» (AL, 297).
Pienso sinceramente que la actitud pastoral de nosotros sacerdotes romanos hacia las personas que han tomado decisiones de vida disonantes con la moral matrimonial cristiana haya estado siempre basada en la comprensión y el respeto; pero fieles al mandato de custodiar la fe y la moral, ante casos de este tipo, hemos constatado con pena no poder hacer mucho, por otro lado, muchas veces los fieles mismos se han alejado de la vida eclesial.
Después de Amoris laetitia, mientras se nos pide ser fieles a la doctrina de la Iglesia, que permanece la de siempre, se nos pide también no detenernos en la observancia de la norma moral sino de cuidar a las personas marcadas -dice el Papa- «por el amor herido y perdido» y que «se encuentran en medio de la tempestad» (AL, 291). Sobre este tema, me urge hacer una puntualización: entre estas personas se encuentran también los “separados testigos de la fidelidad matrimonial”, esto es, aquellos cristianos que no han querido volver a casarse para permanecer fieles al cónyuge y a los hijos a pesar de todo. No debemos olvidarlos. Ellos también tienen necesidad de encontrar en la Iglesia cercanía, comprensión y asistencia espiritual.
Presupuesto todo esto, preguntémonos: ¿cómo ir al encuentro de estos hermanos y hermanas? El Papa pide a los Obispos que den oportunas “orientaciones” (AL 300). He aquí, por tanto, los compromisos que queremos asumir gradualmente.
I) La primera actitud es intensificar o comenzar a ocuparnos de estas personas, yendo también a buscarlas. Las ocasiones no faltan, la pastoral ordinaria nos ofrece ya momentos propicios: a menudo son padres que piden el Bautismo para sus hijos, acompañan a los hijos a los itinerarios de iniciación cristiana, o se encuentran en ocasiones de bodas, de funerales, o incluso nos son señalados por otros. «Estas situaciones -afirma el Papa- deben afrontarse de manera constructiva, intentando transformarlas en una oportunidad de camino hacia la plenitud del matrimonio y de la familia a la luz del Evangelio» (AL, 296).
II) Es necesario distinguir las diferentes situaciones. Los casos más delicados son los de los divorciados vueltos a casar ligados por un vínculo sacramental precedente.
La primera ayuda que debe ofrecerse es prodigarnos para poner a su disposición un servicio de información y de consejo en vista de una comprobación de la validez del matrimonio. Como sabéis, el Papa ha emanado normas que han reformado parcialmente el procedimiento de las causas de nulidad matrimonial, previendo en algunos casos una «via brevior» (un procedimiento más rápido).
¿Cómo actuar concretamente? El párroco (los agentes de pastoral o quien sea) tome la iniciativa de hablar de ello con los interesados, los anime a hacer examinar su caso y proponga una entrevista con los encargados del Tribunal del Vicariado para determinar la existencia o no de fundamento para una causa de nulidad. Basta dirigirse al Vicario judicial del Tribunal de Iº grado, que pondrá a disposición los ministros para un asesoramiento. Pero podemos dar un paso más, acercando el Tribunal a la gente. Es nuestro deseo organizar en cada Prefectura, o en Prefecturas cercanas, la presencia de un servicio periódico del Tribunal para escuchar a quien está interesado. Con los Obispos Auxiliares y los Prefectos estudiaremos en las próximas semanas los aspectos organizativos de este servicio. Los Párrocos empiecen a hablar de ello.
III) Cuando la vía procesal no es practicable, debido a que el matrimonio fue celebrado válidamente y ha naufragado por otras razones y, por tanto, la nulidad matrimonial no puede ser demostrada ni declarada, es necesario desarrollar una acción pastoral, que prevea un largo «acompañamiento», en la línea del principio moral del «primado de la persona sobre la ley». El Papa afirma: «La Iglesia debe acompañar con atención y premura a sus hijos más frágiles, […], devolviéndoles confianza y esperanza» (AL, 291). Estas personas tienen problemas en la vida cristiana, tienen necesidad de ser acogidas, de sentirse repetir a menudo que el Señor no está lejos de ellos, particularmente cuando «han sufrido injustamente la separación, el divorcio o el abandono, o incluso se han visto obligados a romper la convivencia por los malos tratos del cónyuge» (AL, 242), pero también, por el contrario, cuando viven situaciones de las cuales ellos han sido los responsables. Son casos difíciles, uno diferente del otro, a los cuales acercarse con caridad y respeto, evitando el riesgo tanto de la rigidez como de la arbitrariedad.
IV) La Iglesia «no quiere condenar eternamente a nadie» (AL, 296); por tanto, el camino a seguir es el de la «gradualidad», es decir, hacer madurar en el tiempo la conciencia de un bien mayor que debe conseguirse a través de etapas de crecimiento, con el fin de «integrar a todos», ayudando a cada uno a «encontrar su propio modo de participar en la comunidad eclesial» (AL, 297).
En el caso de los divorciados vueltos a casar, es necesario distinguir: una cosa es «una unión consolidada en el tiempo, con nuevos hijos, con fidelidad probada, entrega generosa… y gran dificultad para volver atrás sin sentir en conciencia que se caería en nuevas culpas. La Iglesia reconoce situaciones en las que el varón y la mujer, por serios motivos -como, por ejemplo, la educación de los hijos- no pueden satisfacer la obligación de la separación. Existe también el caso de quienes han hecho grandes esfuerzos para salvar el primer matrimonio y han sufrido un abandono injusto, o el de quienes han contraído una segunda unión en vista a la educación de los hijos, y tal vez están objetivamente seguros en conciencia de que el matrimonio precedente, irreparablemente destruido, nunca había sido válido. Otra cosa es una nueva unión que viene de un reciente divorcio, con todas las consecuencias de sufrimiento y de confusión que afectan a los hijos y a las enteras familias». En estos casos el Sínodo ha pedido un camino largo de reconciliación consigo mismos, de discernimiento por parte de los pastores, porque «no existen recetas simples» (AL, 298).
Análogamente deben ser considerados los casos de matrimonios civiles o de convivencias prolongadas durante años y con hijos. También para estos existe la necesidad de un paciente acompañamiento hasta conducirles a la libre decisión de celebrar el sacramento.
V) El paso sucesivo es un «responsable discernimiento personal y pastoral» (AL, 300). Para poner un ejemplo: acompañar con entrevistas periódicas, comprobar si madura la conciencia de «reflexión y de arrepentimiento», la apertura sincera del corazón al reconocer las propias responsabilidades personales, el deseo de búsqueda de la voluntad de Dios y de madurar en ella. Aquí cada sacerdote tiene una tarea importantísima y muy delicada que realizar, evitando el «riesgo de los mensajes equivocados», de rigidez o de laxismo, para contribuir a la formación de una conciencia de verdadera conversión y «sin renunciar nunca a proponer el ideal pleno del matrimonio» (AL, 307), según el criterio del bien posible.
Este discernimiento pastoral de las personas en particular es un aspecto muy delicada y debe tener en cuenta el «grado de responsabilidad», que no es igual en todos los casos, el peso de los «condicionamientos o de los factores atenuantes», por los cuales es posible que, dentro de una situación objetiva de pecado -que no sea subjetivamente culpable o no lo sea de manera plena- se pueda encontrar un recorrido para crecer en la vida cristiana, «recibiendo con tal fin la ayuda de la Iglesia» (AL, 305).
El texto de la Exhortación Apostólica no va más allá, pero en la nota 351 se lee: «En ciertos casos, podría ser también la ayuda de los sacramentos». El papa usa el condicional, por tanto no dice que es necesario admitir a los sacramentos, si bien no lo excluya en algunos casos y con algunas condiciones. El Papa Francisco desarrolla el Magisterio precedente en la línea de la hermenéutica de la continuidad y de la profundización, y no de la discontinuidad y de la ruptura. Afirma que debemos recorrer la «via caritatis» de acoger a los penitentes, escucharles atentamente, mostrarles el rostro materno de la Iglesia, invitarles a seguir el camino de Jesús, hacer madurar la recta intención de abrirse al Evangelio, y esto debemos hacerlo prestando atención a las circunstancias de las personas en particular, a su conciencia, sin comprometer la verdad y la prudencia, que ayudarán  a encontrar el camino acertado. Es importantísimo establecer con todas estas personas y parejas una «buena relación pastoral». Es decir, debemos acogerlas con calor, invitarlas a abrirse a participar de alguna manera en la vida eclesial, en los grupos de familias, a realizar algún servicio, por ejemplo caritativo o litúrgico (coro, oración de los fieles, procesión de las ofrendas). Para desarrollar estos procesos es más preciosa que nunca la presencia activa de parejas de agentes pastorales y será muy beneficioso el clima de la comunidad. Estas personas -dice el Papa- «no deben sentirse excomulgadas, sino que pueden vivir y madurar como miembros vivos de la Iglesia» (AL, 299).
No se trata de llegar necesariamente a los sacramentos, sino de orientarlas a vivir formas de integración en la vida eclesial. Pero cuando las circunstancias concretas de una pareja lo hacen factible, es decir, cuando su camino de fe ha sido largo, sincero y progresivo, propóngase vivir en continencia; si más tarde esta decisión es difícil de practicar para la estabilidad de la pareja, Amoris laetitia no excluye la posibilidad de acceder a la Penitencia y a la Eucaristía. Esto significa una cierta apertura, como en el caso en el que existe la certeza moral de que el primer matrimonio era nulo, pero no hay pruebas para demostrarlo en sede judicial; pero no en el caso en el que, por ejemplo, se alardea de la propia condición como si hiciese parte del ideal cristiano, etc.
VI) ¿Cómo debemos entender esta apertura? Ciertamente no en el sentido de un acceso indiscriminado a los sacramentos, como a veces sucede, sino en el de un discernimiento que distinga adecuadamente caso por caso. ¿Quién puede decidir? A partir del tenor del texto y de la mens de su Autor no me parece que haya otra solución que la del fuero interno. En efecto, el fuero interno es el camino favorable para abrir el corazón a las confidencias más íntimas y, si se ha establecido en el tiempo una relación de confianza con un confesor o con un guía espiritual, es posible iniciar y desarrollar con él un itinerario de conversión largo, paciente, hecho de pequeños pasos y de evaluaciones progresivas. Por tanto, no puede ser sino el confesor, en un cierto momento, en su propia conciencia, después de mucha reflexión y oración, quien debe asumir la responsabilidad ante Dios y al penitente y quien pida que el acceso a los sacramentos se realice de manera reservada. En estos casos no termina el camino de discernimiento (AL, 303): «discernimiento dinámico») con el fin de alcanzar nuevas etapas hacia el ideal cristiano pleno.
VII) Precisamente la delicadeza de saber discernir la voluntad de Dios sobre estas personas, caso por caso, nos pide a nosotros sacerdotes prepararnos bien para ser capaces de tomar decisiones tan graves. Este arte no se improvisa. Debemos ponernos a estudiar, hablar entre nosotros, profundizar el estilo misericordioso de Amoris laetitia y modificar nuestra actitud habitual tendente a aplicar la norma moral. Sin traicionar la verdad objetiva, no obstante debemos entrar, con la luz del Espíritu, en los pliegues de las conciencias para mirar con benevolencia a las personas así como son, sabiendo que el Señor las ama, las busca, las atrae y les ofrece una nueva posibilidad, proponiendo el ideal de la vida cristiana, aunque sea previsible que puedan recaer. En definitiva debemos aprender el arte del discernimiento, al cual estamos poco acostumbrados. Este es un trabajo largo y paciente, de pequeños pasos que pueden ser gradualmente comprendidos y asimilados; y también nosotros sacerdotes debemos poco a poco aprender a acompañar a las personas con prudencia, juicio recto y sentido común.
Al este respecto, desde este año pastoral, junto con los Obispos Auxiliares y los Prefectos, intentaremos ofrecer a todos los sacerdotes ocasiones formativas. También los agentes de pastoral laicos necesitan formación, que será llevada a cabo por el Oficio para la Familia del Vicariado, con la ayuda de los Consultores familiares y otros Centros de formación.»