En la cumbre, la homosexualidad es tabú.

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...Pero hay cautela sobre la “tolerancia cero”



El 21 de febrero, en la mañana del comienzo de la cumbre entre el papa Francisco y los líderes de la Iglesia mundial sobre el tema de los abusos contra los menores, la gran ausente ha sido la palabra “homosexualidad”. Y esto a pesar de la gran parte de los abusos hasta aquí censados aconteció con varones jóvenes o muy jóvenes, más allá del umbral de la pubertad.
La palabra “homosexualidad” no apareció ni en el discurso inaugural del Papa, ni en los 21 “puntos de reflexión” que él hizo distribuir en el aula, ni en las exposiciones introductorias,del cardenal Luis Antonio G. Tagle, del arzobispo Charles J. Scicluna y, en la tarde, del cardenal Rubén Salazar Gómez
Scicluna, más bien, interpelado sobre el tema en la conferencia de prensa a mediodía, dijo que “generalizar sobre una categoría de personas nunca es legítimo”, porque la homosexualidad “no es algo que predispone al pecado”, al cual inclina en todo caso la “concuspicencia”.
Scicluna es el hombre clave del comité organizador de la cumbre. Además de arzobispo de Malta, durante años fue promotor de justicia de la Congregación para la Doctrina de la Fe, de la cual ha vuelto a ser secretario adjunto con competencia específica en materia de abusos sexuales. Es el hombre que en este momento expresa más directamente la voluntad de Francisco, después que éste ha desautorizado de hecho al cardenal Sean P. O’Malley, hasta hace un año el máximo hombre de confianza del Papa en la materia, pero ahora mantenido sólo “pro forma” como presidente del Pontificio Consejo para la Protección de los Menores.
Como resultado de ello, cae entonces en el vacío, hasta este momento, el llamado de los cardenales Walter Brandmüller y Raymond L. Burke – y de no pocos clérigos y laicos notables – para enfrentar abiertamente la plaga de la homosexualidad entre los ministros sagrados, síntoma de un difundido abandono de la “verdad del Evangelio”.
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Por el contrario, ha emergido, desde los primeros minutos de la cumbre, la voluntad de equilibrar la severidad de los procesos en materia de abusos sexuales con un mayor respeto de los derechos de los acusados.
La “tolerancia cero” es el nombre que se da al rigor puritano con el que se quiere golpear a los autores de abusos. Es un rigor rumorosamente pretendido sobre todo por la opinión pública, pero que tiene costos muy elevados en términos de violación de los derechos más elementales, como Settimo Cielo sacó a la luz en un reciente servicio:

> “Tolerancia cero”. Santo y seña de una Iglesia sin misericordia
Ahora bien, en los 21 “puntos de reflexión” entregados por el papa Francisco a los participantes de la cumbre se lee el punto 4: “Implementar procedimientos para el derecho de defensa de los acusados”. En el punto 10: “Preparar caminos penitenciales y de recuperación para los culpables”. En el punto 11: “Reconocer y discernir los casos verdaderos de los falsos, las acusaciones de las calumnias”. En el punto 14: “Salvaguardar el principio de derecho natural y canónico de la presunción de inocencia hasta que se pruebe la culpabilidad del acusado. Por lo tanto, es necesario evitar la publicación de las listas de los acusados, incluso por parte de las diócesis, antes de la investigación previa y la condena definitiva”.
Pero también en la exposición de monseñor Scicluna, que ha recorrido todas las fases de los procesos para abusos contra menores, hay llamados importantes a los derechos de los acusados.
Pero después de haber reconocido que “la mayoría de los procesos penales canónicos son de tipo extrajudicial o administrativo ”, Scicluna advierte:
“La esencia de un proceso justo requiere que se presenten al acusado todos los argumentos y pruebas en su contra; que se conceda al acusado todo el derecho a presentar su defensa; que la sentencia se dicte sobre la base de los hechos y del derecho aplicable a la causa; que se comunique por escrito al acusado una sentencia o decisión razonada y que el acusado disponga de un recurso contra una sentencia o decisión que le perjudique”.
Más adelante Scicluna pide a los obispos la máxima prudencia y ecuanimidad para decidir qué hacer en el caso en el que un proceso canónico a cargo de uno de sus sacerdotes concluya no con una absolución, sino con una más problemática “decisio dimissoria”, en el caso en el que las acusaciones sean creíbles pero no demostradas.
Más adelante Scicluna solicita también dar la máxima publicidad a las sentencias que establecen la inocencia del imputado, porque “todos sabemos que es muy difícil restaurar el buen nombre de un sacerdote que puede haber sido acusado injustamente”.
Y por último solicita a la misma Congregación para la Doctrina de la Fe que derogue sólo excepcionalmente la prescripción, para los casos de abusos lejanos en el tiempo: “El poder de la CDF para derogar la prescripción de veinte años se sigue invocando en varios casos históricos, pero es cierto que esto no debería ser la norma, sino más bien la excepción”.
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Se advierte que no siempre la presión de la opinión pública laica y de las autoridades civiles pretende de la Iglesia el máximo de la “tolerancia cero” en materia de abusos sexuales contra menores, con grave prejuicio para los derechos de los acusados.
Se puede citar, por ejemplo, una sentencia de la Corte de Justicia de Arnhem, que el 18 de abril del 2018 aceptó el recurso de una fundación privada holandesa, la Stichting Sint Jan, contra la Comisión de la Iglesia Católica romana de Holanda para la investigación de los abusos sexuales.
La Corte sentenció que en algunos casos la Comisión “no ha respetado sus propias reglas, y procediendo así ha violado los derechos fundamentales del acusado”, por ejemplo, cuando “una denuncia, que ya había sido declarada sin fundamentación por una sentencia irrevocable, ya sido reabierta y declarada fundamentada”, es decir, cuando recibió como creíble una “declaración aislada e incoherente de un denunciante, desprovista de pruebas suficientes”.

por Sandro Magister